Un grupo de funcionarios pensionados de la Municipalidad de Desamparados, así como otros que son parte de la planilla, protestan desde la mañana, en el Juzgado de Trabajo de ese cantón.
Los trabajadores reclaman que aún no se ejecuta un proceso judicial, que tiene más de 10 años y en el cual obtuvieron la razón. Tiene que ver con la falta de pago de beneficios, cuando se suspendió la convención colectiva de los empleados municipales.
El tema es motivo de conflicto desde un fallo de la Sala Constitucional en el cual el exalcalde de Desamparados, Carlos Padilla, interpretó como una prohibición de la convención. Tras una aclaración, se normalizó, no sin antes darse una huelga en el 2006.
En el 2003, el sindicato acudió a los juzgados, pues no se pagaban adecuadamente los beneficios, desde el 2000. Aunque luego hubo un diálogo, un intento de normalizar las relaciones y homologar una nueva convención, no se logró y los pendientes en pago iniciaron.
Hoy un grupo de 67 pensionados acudieron y mantienen su protesta, en el Juzgado. Incluso se amarraron a las instalaciones. La Fuerza Pública llegó desde tempranas horas de la mañana, pero aún no realizan ninguna intervención.
Críticas a proceso y acciones de jueces

Las personas protestan por la lentitud del proceso judicial. (Imagen cortesía de Ligia Valerio)
La asesora del Sindicato de Trabajadores Municipales, Ligia Valerio, mencionó que a las 2:00 p.m. y las 4:00 p.m. se sumarán otros grupos de trabajadores que salen a esa hora.
Hoy ya dialogaron con la encargada del Juzgado, quien le expresó que el expediente 03-002497-0166-LA se encuentra en inspección judicial, tras el último reclamo del gremio.
Según Valerio, la jueza le dijo que pediría el expediente y se compromete a ver el avance en el proceso. Sin embargo el Sindicato mantiene su malestar y críticas.
Por eso hoy mantendrán la protesta durante el día. Además le reclamó que no es posible que distintos jueces de la misma instancia, tengan distintas posiciones.
“Ella iba a pasarlo directamente para fallo, iba a hacer la solicitud expresa a las altas instancias para que asigne a un juez, que se encargue únicamente del expediente de Desamparados, por el volumen económico y de trabajo”, dijo Valerio.
Como lo detalló crhoy.com en marzo, la Municipalidad de Desamparados enfrenta la posibilidad de sufrir un embargo para pagar lo debido. Pero ante las confusiones en el Poder Judicial, esa posibilidad no parece cerca.
En una notificación del Juzgado Civil y de Trabajo del III Circuito Judicial de San José, a las 15:45 del 3 de febrero del 2015, el juez Patrick Ramos Chavarría notificó a ambas partes de la orden de embargo sobre los bienes de la demandada, se despachó ejecución y se decretó dicho embargo hasta por una suma de ¢2.148.852.492.
Pero a las 10:38 a.m. del 6 de febrero del 2015, tres días después, el mismo Juzgado y el mismo juez Ramos Chavarría, ahora firmando juez a.i., revirtió su decisión previa.
Esa situación levantó las críticas del Sindicato. Por su parte la alcaldesa Maureen Fallas, ha recalcado que ya se hizo un pago a los funcionarios, el cual es de ¢300 millones.
La jerarca defiende el proceso de cálculo de los montos y en su momento insistió en que ningún juez le ha notificado de un monto que se debería a los trabajadores.
El Poder Judicial había detallado que en este caso “se están presentando las certificaciones de los bienes embargables para proceder con los embargos”.
Ante el monto señalado por un juez, dijo que “se presentó una confusión con el documento que si procedía notificarse. Es decir que la citada notificación quedó sin efecto”. Por ende, el proceso aún está en etapa de ejecución de sentencia, en el cual se liquidan los montos a los que tienen derechos las partes.
Por el momento, hoy seguirán los trabajadores en su manifestación, a la espera de si avanza el larguísimo proceso judicial.
2000 – Sala Constitucional y exalcalde
La Sala Constitucional emite su sentencia 4453, tras una consulta de la Sala Segunda sobre la legitimidad para reformar convenciones colectivas. Declararon que son inconstitucionales las convenciones cuando se trata de personal regido por la relación de empleo de naturaleza pública (relación estatutaria).
Pero también determinó que no son inconstitucionales las convenciones colectivas que se celebran en el sector público, cuando las celebran obreros, trabajadores, funcionarios o empleados del sector público, cuyas relaciones laborales se regulan por el Derecho común.
2003 – Juzgado
El sindicato presenta la demanda ante el Juzgado de Trabajo de Desamparados, que inició su larguísimo camino, bajo el expediente 03-002497-0166-LA. Aunque el gremio intentó acudir al II Circuito Judicial, por no creer en la imparcialidad en la sede del cantón, se devolvió.
10 de junio, 2005
En la sede en Desamparados se declara sin lugar la demanda del Sindicato, que un mes después apela. La apelación se acepta en el Tribunal de Trabajo del II Circuito Judicial.
28 de febrero, 2007 – Tribunal
El Tribunal de Trabajo Sección Cuarta del II Circuito Judicial acoge la demanda y da la razón al Sindicato. En su sentencia, declaró que la convención colectiva se encuentra vigente y aplicable. La Municipalidad apelaría.
“Se obliga a la accionada a reconocer a los trabajadores todos los derechos consagrados en dicho instrumento colectivo, en forma retroactiva, desde el momento en que dejó de aplicarla y hacia el futuro. Se le condena además, a pagar intereses legales sobre las sumas adeudadas que serán liquidadas en la fase de ejecución de sentencia, desde el momento en que los derechos debieron ser cancelados y no los pagaron”, dictó.
12 de setiembre del 2008 – Sala II
La Sala Segunda, última instancia para apelar en materia laboral, resuelve y da la razón de nuevo al Sindicato y obliga a pagar a la Municipalidad. Los magistrados, liderados por Orlando Aguirre, confirmaron – en mayoría tres sobre dos – la sentencia.
7 de setiembre, 2009 – Polémico finiquito
A pesar de la sentencia, la Municipalidad presenta una propuesta de finiquito con el sindicato para lograr un pago, con un cálculo que no explica.
El texto reza “nos damos por resarcidos en todos los alcances de la sentencia aquí relacionada y renunciamos a cualquier reclamo económico ulterior derivado de dicho fallo judicial” y fue aceptado por el entonces Secretario General del Sindicato, Mario Eduardo Vindas.
No se menciona como se llegó a esa aceptación, pues no hubo una asamblea de trabajadores, una votación y un resultado certificado de que se aceptara la propuesta municipal.
23 de marzo, 2010 – Alcaldesa presiona y votan a favor
Se conoce en la sesión del Concejo Municipal a propuesta de finiquito. La vicepresidenta Municipal, María Luisa Valverde, muestra sus dudas con respecto al documento del polémico finiquito. La alcaldesa Maureen Fallas defiende el presunto acuerdo.
El entonces presidente del sindicato, Vindas, reclama que no se respeta la voluntad de 240 trabajadores de 281 que lo aceptaron, aunque no muestra el aval de una asamblea y las actas de la misma que documentaran dicha aceptación.
A pesar de las objeciones y cuatro votos negativos, se acepta el acuerdo. Meses después la Alcaldía llevaría el finiquito a instancias judiciales, como prueba del pago.
15 de noviembre, 2011
Sindicato solicita a Tribunales la ejecución de la sentencia y se paga a un perito de la Corte Suprema de Justicia para lograr el cálculo de lo adeudado.
7 de noviembre, 2013
Sindicato presenta un detalle de una deuda por ¢2.148.852.492.
14 de enero, 2014
El sindicato solicita agilidad, pero el Juzgado rechaza los embargos. Posteriormente se presentan quejas ante la Inspección y la Contraloría del Poder Judicial.
15 de octubre, 2014
El Tribunal del II Circuito revoca la sentencia que rechazó los embargos y acoge la solicitud.
Ordena anular la resolución del Juzgado “en cuanto se denegó sin fundamentación alguna el embargo gestionado”
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