El Sindicato de la Judicatura (Sindijud), la Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud) y Costa Rica Íntegra interpuso un recurso de amparo ante la Sala Constitucional debido al secretismo que rodea la votación para elegir la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia.
La organización sindical acudió al máximo Tribunal por considerar que existe una violación a los derechos constitucionales de los ciudadanos.
La elección para elegir al máximo representante del Poder Judicial se tornó compleja el pasado 29 de agosto cuando, tras cinco rondas de negociación, ninguno de los cinco magistrados postulantes alcanzó los 12 votos para ganar la elección.
Dichos procesos se efectuaron de forma secreta y ninguna de las personas que siguieron la sesión pública de Corte Plena tuvieron la oportunidad de conocer qué decidió cada magistrado.
A raíz de la situación, el sindicato solicita como medida cautelar que se suspenda la votación si se insiste en hacerla privada, puesto que agregaron que la transparencia dentro del proceso es que esa acción sea pública.
EN DETALLE
Jorge Steve Fernández Rodríguez, secretario general adjunto del Sindicato de la Judicatura, acotó que existe un clamor ciudadano de suprimir el secretismo.
Fernández comentó que en la actualidad existe el contexto de la aprobación por la Asamblea Legislativa para modificar el Reglamento de Orden y Disciplina de ese poder de la República.
Señaló que la Corte debe optar por los principios de transparencia y publicidad, así como que también, si se pusiera a la altura de los tiempos, tratarían de revocar ese oscurantismo en las elecciones.
“La actuación en este caso de Corte Plena, al decidir aplicar un procedimiento de votación secreto para la designación a la Presidencia, más bien, se encuentra absolutamente enfrentada a la visión que se proclama del Poder Judicial.
Por ello es que reclamamos una afrenta a un derecho fundamental de la ciudadanía, ejecutada en este caso por quienes, por el alto cargo y la dignidad del mismo, debieran ser los primeros llamados a respetar la visión que predica el Poder Judicial.
Instamos así a esta Sala Constitucional que deberá estar integrada por personas suplentes de los titulares, a rectificar el rumbo institucional y reconducirlo por esa proclamada vía de la transparencia”, indicó el representante sindicalista.
PETITORIA
Dentro de la petitoria se encuentra declarar la admisibilidad del recurso de amparo y que se proceda a la resolución por el fondo.
También instaron al máximo Tribunal a que se abstenga de votar a su presidente por votación secretaria, cuya medida deberá acordarse antes del 5 de setiembre “para no hacer nugatorio su alcance y evitar así se consolide la violación constitucional y la afrenta a los derechos humanos”.
De igual forma, acudieron a que se invoquen las inconstitucionalidades respectivas del caso en cuestión y se les dé la audiencia con el propósito de formalizar las acciones respectivas.
Los recurrentes usaron el artículo 11 y 30 de la Constitución Política para determinar las acciones que en tiempo y forma demanden.
“Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella.
Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública. La administración pública, en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas con la consecuente responsabilidad personal”, resume el artículo 11.
“Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público”, detalla el numeral 30 de la carta magna.
La elección del nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia se efectuará este lunes 5 de setiembre.
MÁS ACCIONES
La noche de este miércoles se dieron a conocer más recursos de amparo, en este caso, por parte de la Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud) y Costa Rica Íntegra.
Ambos apuntaron que la elección secreta atenta contra los principios de publicidad, transparencia, motivación del acto e independencia judicial, así como el proceso de rendición de cuentas.
Cuestionaron ante la Sala Constitucional que a la elección se hizo con base en lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que estimula la votación secreta.
“Es evidente que existe un claro interés público en los aspectos de forma y fondo del nombramiento del presidente o presidenta de la Corte Suprema de Justicia, por lo que no solo actuamos como representantes de dos colectividades específicas, sino, además, en amparo del interés difuso que claramente se encuentra en juego”, manifestaron las organizaciones sindicales.
A su vez, se estará presentando en el transcurso de las próximas horas una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para que respalde lo establecido en la Carta Magna de transparencia.
PERIODISTA: Greivin Granados
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Jueves 01 de Septiembre, 2022
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