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Nacionales

Emplazan a Setena por plan regulador de Talamanca

Sala Constitucional acoge amparo de ambientalistas

La Sala IV declaró con lugar el recurso amparo del ambientalista Marco Levy, quien defiende el refugio de vida silvestre Gandoca-Manzanillo

La Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) cuenta con 10 días hábiles para resolver los cuestionamientos que se le hacen por la licencia que otorgó al Plan Regulador de la Municipalidad de Talamanca. 

Así lo resolvió la Sala Constitucional, al encontrar con lugar el recurso de amparo presentado por el activista defensor de la vida silvestre Marco Levy Virgo, de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, quien cuestionó que el plan regulador del cantón del Caribe Sur omitió la existencia de humedales en la zona marítimo-terrestre de dicho cantón.

Según Levy, los humedales están registrados en el informe “Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítima Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca”, sin embargo, no aparecen en el plan aprobado por la alcaldía por convenio con el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) desde 2017.

A partir de esto, la Setena deberá de actualizar los datos referentes a la delimitación de Patrimonio Natural del Estado en el cantón, con el fin de que se cuente con información exacta sobre los humedales junto a la costa, los cuales, según Levy, se vieron lesionados con el plan regulador. 

Dentro de la petición de Levy, está la inclusión de los humedales de categoría Ramsar (de importancia internacional) ubicados dentro del refugio nacional de vida silvestre Gandoca-Manzanillo.

Asimismo, debido a la resolución de los magistrados, se revoca cualquier aval al Plan Regulador Costero de la Municipalidad de Talamanca, que fue aprobado el 11 de enero de este año.

De igual forma, el voto de la Sala Constitucional dicta que se excluya del Plan Regulador Costero de la zona marítimo terrestre al distrito de Cahuita, ya que dicha área no forma parte de la administración municipal y por ende no puede incluirse.

 

VOTO DE
2019

 

Entre los argumentos esgrimidos por el ambientalista en el amparo, destaca el voto de la Sala Constitucional número 2019-12745, de julio de 2019, en el cual los magistrados encontraron que en los territorios comprendidos dentro de la zona boscosa de Talamanca no se podía construir. 

De esa manera se protegió 188 hectáreas del refugio de Gandoca-Manzanillo, tal como los dispuso la Procuraduría General de la República, por lo que se ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) que procediera a delimitar el área mencionada y, en conjunto con la Procuraduría, ejerciera las acciones legales correspondientes en defensa del patrimonio público. 

“La Sala Constitucional hace un equilibrio entre la protección del ambiente y una problemática social que viene desde hace décadas, de forma tal que se garantiza el derecho a las personas que se encuentran en las zonas urbanas, pero por el otro lado se protege al medio ambiente al declarar inconstitucional la falta de estudios técnicos de 188 hectáreas que están en la zona boscosa”, aseveró en dicho voto Fernando Castillo, quien ejercía como presidente interino del tribunal.

“Por lo tanto, cualquier derecho otorgado a favor de particulares, sobre la propiedad demanial del Estado, es absolutamente nula, y su obligatoriedad en respetar ese principio también le concierne a Setena”, recalcó Levy en su recurso de amparo.

 

PERIODISTA: William Aguilar Téllez

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Lunes 30 Octubre, 2023

HORA: 12:00 AM

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