La Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT) interpuso una acción de inconstitucionalidad contra el transitorio XI de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) por la discriminación salarial que está generando contra los trabajadores de varias instituciones del sector público, cuyos salarios quedaron congelados y ahora ganan menos que los nuevos trabajadores contratados para el mismo puesto y que desempeñan las mismas tareas.
Susan Quirós, secretaria general de la UNT, explicó que la situación está afectando a personas trabajadoras de diversas instituciones en las que tienen afiliación como municipalidades, Acueductos y Alcantarillados (AyA), el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam) y los Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral (CEN-CINAI).
“El transitorio 11 legaliza una horrible discriminación entre trabajadores de nuevo ingreso y los que tienen varios años de trabajar en las municipalidades”, destacó Quirós. “Generó que miles de personas funcionarias con años de experiencia ganen mucho menos que sus homólogos de recién ingreso, afectando además el monto a pensión por percibir, perpetuando la discriminación a lo largo de la vida de las personas, de manera indefinida”, añadió.
Diferencias de más de ¢100.000
Quirós dio varios ejemplos de estas situaciones de discriminación salarial.
Un 66% de los trabajadores actuales de la Municipalidad de San José quedaron por debajo del salario global, lo cual implica que están siendo discriminados salarialmente porque la gente que está ingresando con salario global gana muchísimo más que los que tienen 10, 15 y hasta 20 años de laborar allí. Por ejemplo, un trabajador operativo 1, con alrededor de cinco años de trabajar en esa municipalidad y que gana el salario mínimo, recibe un salario compuesto mensual de ¢443.301, mientras el salario global para el puesto que el ocupa quedó establecido en ¢582.238,89; lo cual significa más de ¢100.000 de diferencia.
Un 84% de los 3.822 trabajadores del AyA quedaron por debajo del salario global.
Un 76% de los trabajadores del Conapam quedó por debajo del salario global.
Y en el CEN-CINAI por ejemplo, una profesional tiene que esperar 29 años para alcanzar el salario global que se fijó para el puesto que ella está ocupando, indicó Quirós.
En la Municipalidad de Upala, un 90% de los salarios quedaron congelados. Como se generó un conflicto, las autoridades tuvieron que abrir un espacio junto al sindicato para hacer una revisión de la escala salarial para cada puesto.
Quirós recordó que las municipalidades tenían autonomía para definir su propia escala salarial; pero en el caso de la Municipalidad de Upala se definió una escala que afectó a los trabajadores “más humildes, con el salario más bajo, como peones de aseo de vías y de recolección de basura” porque en esa escala salarial no se tomó en cuenta la peligrosidad de ese trabajo, la incidencia de accidentes ni las condiciones insalubres. Asimismo, no se consideró el factor de “disponibilidad” al momento de fijar el salario global, que es un reconocimiento salarial en aquellos puestos que tienen que estar disponibles para atender emergencias; por ejemplo, si hay una fuga un fin de semana y la comunidad se queda sin agua, señaló Quirós.
Acción de inconstitucionalidad
El pasado 10 de noviembre, la UNT presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala IV contra el Transitorio XI de la LMEP, argumentando que “profundiza en la violación a los derechos de igualdad y no discriminación, de dignidad humana y de no regresividad ocasionados de forma específica por la aplicación del transitorio impugnado”.
Se plantea “la obligatoriedad inmediata de las garantías absolutas por parte de los Estados a la no discriminación, así como la imposibilidad de realizar medidas discriminatorias fundamentadas en motivos económicos (contención del gasto público)”.
Desde que el pasado 10 de setiembre entró a regir el salario global impuesto por la LMEP, empezó a regir también el transitorio XI, que estableció que aquellos funcionarios públicos con un salario compuesto menor al que le corresponde a su categoría bajo la modalidad de salario global, únicamente podrán recibir aumentos de pago por concepto de “anualidades” hasta que alcancen el monto establecido bajo el esquema de salario global.
Mientras que quienes reciban un salario compuesto mayor al salario global, no tendrán ningún incremento salarial hasta que el salario global sea igual al salario compuesto que reciben.
A la fecha se han interpuesto cuatro acciones de inconstitucionalidad contra la totalidad de la LMEP.
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