Personas vecinas de Jacó denunciaron mediante un comunicado de prensa que una denuncia por daños ambientales lleva “más de dos años sin mayores avances que permitan reparar el daño ambiental” ocasionado en el sector de Cerro Fresco, en Jacó, “debido al cambio de uso de suelo que afectó un área boscosa”.
La información divulgada incluye el informe SINAC-ACOPAC-OSRO-182022, elaborado por la funcionaria Paola Alvarado, encargada de Prevención, Protección y Control de la Oficina Subregional de Orotina, del Área de Conservación del Pacífico Central (Acopac) del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
Es de notar que el origen de la inspección fue una denuncia que recibió por Whatsapp la Dirección de la Acopac
El mencionado documento, remitido a la Fiscalía de Garabito el 21 de febrero de 2022, detalla los hallazgos hechos durante una inspección al inmueble en cuestión, propiedad de Tuanis Cannucks At Hermosa Corp Ltda., cédula jurídica 3-102-820694.
Esa funcionaria fue acompañada por personal de la Municipalidad de Garabito, quienes “indicaron que no había permisos por parte de la Municipalidad, e indicaron que enviarían a los inspectores para realizar la clausura”, según se lee en el documento público.
En el sitio únicamente se encontraba un sujeto canadiense de apellido LeBlanc, a quien se le informó que se le giraría una orden administrativa.
El documento también da cuenta del hallazgo de una retroexcavadora, una aplanadora y la construcción de cuatro caminos dentro de la propiedad. Además de tocones de árboles.
El informe del Sinac apunta que a través de georreferenciación satelital se constató que “hay una franja de unas 0,4 hectáreas donde se observan árboles que en el campo debido al movimiento considerable de tierra no fue posible ubicarlos”.
El canadiense LeBlanc recibió un citatorio para rendir una declaración indagatoria ante la Fiscalía de Garabito; sin embargo, el caso permanece sin mayores avances. El proceso en contra de LeBlanc se tramita en el expediente n. 22-000101-0645-PE por un supuesto “cambio de uso de suelo en perjuicio de los recursos naturales”.
El comunicado enviado desde Jacó inculye el criterio del abogado Álvaro Sagot, especialista en derecho ambiental, quien destacó como “uno de los aspectos fundamentales en el ordenamiento jurídico” costarricense el artículo 19 de la Ley Forestal, que habla sobre la propiedad privada y los bosques que ahí se encuentran. “En ese artículo se establece una prohibición total y absoluta al cambio en el uso del suelo”, apuntó.
Ello significa que “cuando estamos ante situaciones donde hubo bosque y se pudo haber degradado el mismo, ya sea por causas naturales o de otro tipo, desde esa perspectiva el Estado tiene la obligación de restaurar ese daño que se ocasionó. Tiene la obligación incluso de investigar quién o quiénes fueron los responsables de la eliminación de ese bosque”, según explicó.
Tras enfatizar la necesidad de reparar el daño ambiental ocasionado para regresar el ecosistema afectado a las condiciones iniciales, explicó que “incluso en propiedades privadas la normativa establece sanciones hasta penales, para que se prohíba el cambio en el uso del suelo cuando está ante este tipo de delitos”.
Añadió que para ello es importante considerar adicionalmente otras normas, como la Ley de Uso y Manejo de Conservación de Suelos, “que en esa misma línea establece también sanciones penales para quienes talan los bosques y; por supuesto que también la Ley de Conservación de la Vida Silvestre”.
