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Sala IV acogió recurso de SIICE y revivió modelo de compras para el ICE creado en ley de fortalecimiento, que diputados habían anulado en 2021

Por mayoría, magistrados consideraron como inconstitucionales disposiciones de Ley General de Contratación Pública que incluyó al ICE en procedimientos ordinarios de contratación.

La Sala Constitucional revivió el modelo de compras para el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que se estableció en la Ley para el Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas de Telecomunicaciones en el 2008, pero que los diputados habían anulado con la Ley General de Contratación Pública, en el 2021.

En una votación de mayoría el pasado 7 de agosto, los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso interpuesto por el Sindicato de Ingenieros y Profesionales del ICE (SIICE), que se tramitó bajo el expediente 23-7251-0007-CO.

“Básicamente, lo que nos motivó fue evitar que amarraran al ICE con sus compras; se hizo un análisis de las contrataciones, que en casos de licitaciones ordinarias aumentaban los plazos muchos meses más que otros procedimientos, y cómo afectaba eso a la institución”, explicó Mercedes Arias, Directora de SIICE.

La votación 2024022483 de la Sala IV declaró inconstitucional el inciso c del artículo 135 de la Ley General de Contratación Pública, en el que se derogaron los artículos 12 (compras verdes) y del 20 al 29 (Régimen Especial de Contrataciones) de la ley 8860.

Ese modelo de compras había sido uno de los requisitos que se negociaron luego del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos que incluyó la apertura de las telecomunicaciones, por lo que sectores defensores de la entidad solicitaron y lograron un régimen de compras que permitiera al ICE competir en las nuevas condiciones.

Precisamente, el recurso de SIICE enfatizó que, en el marco del TLC, Costa Rica adquirió el compromiso de no privatizar las telecomunicaciones, sino abrir a la competencia los sectores de internet, redes privadas y celulares, además de otro compromiso para emitir una nueva regulación para fortalecer al ICE y posibilitar que compitiera en un mercado en competencia. Eso incluyó un régimen de contratación especial que se concretó en la ley 8860.

Estos elementos fueron ignorados por los diputados al tramitar la ley 9986, cuyo objetivo era crear un marco común para las compras públicas, lo que ignoró las particularidades propias del ICE.

“La ley 9986 representa un retroceso en esta materia, dejando una inconstitucionalidad en el accionar de los legisladores al aprobar esta norma, abatiendo el marco normativo del ICE para disponer de esa agilidad, eficiencia administrativa y financiera, cambiándola por el simplismo, tiempo largo de procesos de contratación administrativa, incluyendo más pasos al proceso de adquisiciones, perdiendo así la autonomía administrativa que el ICE y sus empresas requieren para dar un servicio en un marco de competencia”, se argumentó en el recurso, presentado por SIICE en marzo del 2023.

Por mayoría, los magistrados de la Sala IV decidieron que la derogatoria de este modelo de compras establecido en la ley del 2008 era inconstitucional, por lo que lo restituyeron.

SIICE celebró el resultado por considerar que permitirá que la entidad realice compras eficientes y pueda enfrentar los desafíos de la competencia, pero deploró que las autoridades actuales del ICE hubieran mantenido una actitud pasiva en esta materia, y se limitaron a dar su criterio a la Sala Constitucional, previo a la presentación de este recurso, por lo que solicitaron la renuncia del presidente ejecutivo del ICE Marco Acuña, por considerarlo abanderado del “debilitamiento institucional del ICE”.

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