País

Sindicato advierte que proyecto eliminará la regulación que ejerce la Fanal sobre alcohol que se comercializa en el país

El sindicato enfatizó que, al eliminar la fiscalización que realiza Fanal, se pierde el control sobre el alcohol y otros alcoholes que son precursores para la fabricación de drogas ilícitas.

Representantes del Sindicato Pro-Trabajadores del Consejo Nacional de Producción (CNP) y de la Fábrica Nacional de Licores (Fanal) (SIPROCNP) advirtieron que un proyecto de ley que avanza al plenario legislativo elimina las labores de la Fanal de controlar y fiscalizar la calidad del alcohol mediante un control sanitario, lo cual puede poner en peligro la salud de la población.

El proyecto de ley “Autorización para la comercialización directa de alcohol para el uso industrial” (Expediente 23.627) fue aprobado por los diputados de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa el pasado 11 de setiembre.

La diputada del Frente Amplio, Sofía Guillén, y el diputado liberacionista Francisco Nicolás anunciaron que presentarán mociones al proyecto, que ahora pasará a ser discutido en plenario.

El proyecto fue presentado el 15 de marzo de 2023 por la legisladora del Partido Liberal Progresista (PLP), Kattia Cambronero Aguiluz. Son co-proponentes los diputados del PLP Johana Obando, Luis Diego Vargas, Gilberto Campos y Eliécer Feinzaig, las socialcristianas Daniela Rojas y Melina Ajoy, y el oficialista Manuel Morales.

Miguel Ángel Zúñiga Chávez y Adriana Córdoba Chaves, presidente y vicepresidenta del SIPROCNP respectivamente, expusieron el pasado 16 de octubre en una Mesa de Trabajo Técnica para el análisis integral del proyecto de ley, convocada por la diputada Sofía Guillén.

Zúñiga y Córdoba explicaron que a lo largo de 170 años, la Fanal ha protegido la salud de la población a través de su Laboratorio de Control de Calidad, que garantiza la máxima pureza y calidad de los alcoholes y licores producidos.

Libre importación

Actualmente los ingenios azucareros y la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (Laica), sólo pueden producir y exportar los alcoholes que no sean para fines licoreros e industriales, ni para elaborar rones crudos para el consumo nacional y para la exportación, porque este mercado le corresponde por ley a la Fanal. Cuando estos productos sean para consumo interno, los ingenios y Laica deben venderlo exclusivamente a la Fanal.

El proyecto quiere cambiar la ley para que todo usuario de alcohol pueda importarlo libremente o comprarlo directamente al productor nacional.

Zúñiga y Córdoba alegaron que, si se aprueba el proyecto, salvo el alcohol para aguardiente, no se tendrán regulaciones ni control de calidad para la elaboración, importación y comercialización de alcoholes.

Fanal cuenta con el recurso de la “Nota Técnica” para inspeccionar todo tipo de alcohol que ingresa al país para fines licoreros e industria en general. Esto reduce el riesgo de que ingresen productos adulterados, lo cual no sólo pone en riesgo a los adultos, sino también a los menores de edad, por el consumo precoz de bebidas alcohólicas.

MEIC no quiere hacerse cargo

Zúñiga y Córdoba apuntaron que el texto establece claramente que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y Laica “deberán controlar la calidad de los alcoholes para exportación, con excepción de aquellos no contemplados como mercancías estancadas según el párrafo primero del presente artículo”.

Pero el MEIC “ya ha sido claro en señalar que estas funciones escapan de las competencias actuales de ese ministerio y solicita expresamente que se supriman las atribuciones dadas al MEIC en el proyecto”, señalaron los dirigentes.

“Entonces el proyecto de ley no conoce o no desea establecer pautas de regulación en cuanto al alcohol que se consume y se produce en el país; menos el que se importa”, dijeron Zúñiga y Córdoba.

“Se entiende que la calidad sólo se va a controlar para producto de exportación. Y la regulación a nivel nacional, que es la razón de ser de la Fanal desde su creación para la protección de la salud del costarricense, ¿en manos de quién va a quedar?”, cuestionaron.

Cabe recordar que durante el 2020, un total de 92 personas fallecieron en el país por consumir alcohol adulterado con metanol. En 2021 fallecieron 21 personas por esta causa.

El metanol (alcohol metílico o alcohol de madera) es un alcohol tóxico para el organismo. Se obtiene en la industria por destilación de la madera, y también del monóxido de carbono o del metano, mediante un procedimiento de cloración. Se usa como disolvente, anticongelante, carburante y en la fabricación de plásticos, colas y barnices.

Precursores de drogas ilícitas

Las medidas de fiscalización deben ser reforzadas, no eliminadas, afirmaron los dirigentes, “máxime tomando en cuenta que el alcohol y otros alcoholes que se mencionan son precursores y pueden ser utilizados en la fabricación de sustancias ilícitas”, indicaron.

La Ley 8204 (“Reforma integral Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”) establece estrictos mecanismos de control para prevenir que ciertos “precursores químicos” se utilicen en la fabricación de “drogas ilícitas”.

Entre los principales requisitos están registro obligatorio, permisos de importación, declaración de uso final y auditorías e inspecciones periódicas.

“Esta reforma podría entorpecer los procedimientos ya establecidos, al dejar los controles bajo un control más flexible o inadecuado”, ya que “todo usuario de alcohol podrá importarlo libremente”, resaltaron Zúñiga y Cordoba.

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