La Cámara de Empresarios del Combustible alzó la mano en el tema de la polémica por el Decreto de la administración Chaves que abrió la posibilidad de ampliar la vida útil de los tanques de almacenamiento de las estaciones de servicio, más allá de lo indicado pro el fabricante.
“No es cierto que el margen de distribución contemple un monto de reinversión en este caso para la reposición de tanques”, se manifestó en un escrito enviado como reacción a un reportaje titulado “Gasolineras cobran en tarifas rubro para renovación de tanques de gasolina, aunque no los cambien”.
“Actualmente existe un rubro de depreciación, que para efectos financieros reconoce el gasto para una vida útil estimada, de una inversión realizada (no por realizar), en este caso de los tanques de almacenamiento”.
El tema se origina en el Decreto 43449-MINAE “Reglamento del suministro de combustibles en estaciones de servicio”, que introdujo la posibilidad de ampliar la vida útil de esos tanques a partir de normas técnicas equivocadas.
Administración Chaves se fundamentó en normas equivocadas para alargar vida útil de tanques para almacenar combustible
Decreto de agosto de 2022 se fundamentó en normas que tienen que ver con reparación e inspección de esos tanques, no para alargar su vida más allá de lo que estableció el fabricante.
Gasolineras cobran en tarifas rubro para renovación de tanques de gasolina, aunque no los cambien
El superintendente de Energía dijo que ajustes tarifarios al precio de combustibles en efecto reconocen la depreciación de esos tanques, aunque desde 2022 un cuestionado decreto permite que su vida útil sea recalificada.
Al referirse a la publicación especificada, esa Cámara empresarial señaló que “como bien lo indica el señor Intendente de Energía, Mario Mora, la tarifa se fija para una industria, lo que significa que para efectos tarifarios, se toman todas las inversiones realizadas por las estaciones, donde el monto a retribuir se calcula al valor neto (inversión menos antigüedad)”.
Al mismo tiempo, se destacó que “desde hace varios años atrás, se han estado instalando tanques de doble contención reforzados con sistemas de protección catódica (protección contra corrosión) y hasta una triple contención en fosa de concreto, los que, dicho sea de paso, son mucho más costosos que los tradicionales que calcula la ARESEP en su tarifa”.
De manera que para la Cámara de Empresarios del Combustible el concepto “recalificación” es una “verificación basada en elementos técnicos y científicos el cual determina que un tanque que inicialmente cumplió con las normas requeridas vería ampliado el tiempo de operación, siempre y cuando, estos cumplan y puedan almacenar combustible si así lo determina los criterios profesionales”.
Unos criterios profesionales, hay que reiterar, que apliquen las normas técnicas cuya inclusión en el Decreto es cuestionada.
La Cámara además informó que “en estos momentos pocas estaciones de servicio han demostrado idoneidad en ese proceso, pero que, en el universo de inversiones, no es una cifra significativa”.
Se detalló además que desde 2012 “la totalidad de las estaciones sustituyeron sus tanques y por tal razón se hicieron acreedores al permiso correspondiente. Esto le garantiza al prestador el reconocimiento de dicha inversión tanto en la fijación de tarifas como en el margen actual”.
Por otra parte, se indicó que “en los próximos años” cuando esa “recertificación” de tanques sea “significativa, estamos seguros que se harán los ajustes correspondientes, ya que en todos nuestros estudios, la determinación de costos no es antojadiza, sino que goza de respaldos técnicos por profesionales en cada uno de los campos de la estructura tarifaria para estaciones de servicio”.
Tras señalar que el citado titular “no se ajusta a la realidad de las fijaciones tarifarias realizadas” añadieron que la última fijación de tarifa para el sector fue en el año 2021. “Queremos que la opinión pública también sepa que actualmente las estaciones de servicio reciben un margen de comercialización desactualizado, ya que los costos crecieron en los últimos tres años, por ejemplo; servicios públicos, salarios, mantenimientos y cumplimiento de nuevas disposiciones del MINAE, sin que haya una actualización de la tarifa”.


