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Familiares de personas privadas de libertad en alta contención denuncian mayores restricciones para visitas familiares

Desde abril se eliminó la posibilidad de que menores de edad visiten a sus padres, lineamientos aún no notificados establecen condiciones para reabrir esa opción pero con fuertes trabas a las familias.

Desde la organización Familia Penitenciaria Unida se reclama que nuevos lineamientos de la Dirección de Adaptación Social limitarán seriamente la posibilidad de los privados de libertad de poder recibir a sus hijos e hijas menores de edad en visita.

Se trata de las restricciones impuestas sobre las personas que se mantienen en el llamado circuito de alta contención de los centros de atención institucional (CAI).

Las visitas que eran de tres horas a la semana, pasarán a ser una vez al mes y por video llamada. Mes de por medio, si se autoriza, se podrá realizar la visita presencial, pero en ambos casos sólo por 45 minutos.

Así se consigna en un documento titulado “Lineamientos para la valoración de videollamadas y visitas excepcionales para personas menores de edad con progenitores en el circuito de alta contención”, elaborado por Olga Enríquez de la Sección Profesional de Trabajo Social y por Rebeca Herrera de la Sección Profesional de Psicología, ambas de la Dirección de Adaptación Social.

Esos lineamientos no han sido comunicados oficialmente ni a las personas privadas de libertad ni a sus familiares, pero Familia Penitenciaria Unida tuvo acceso y los divulgó en su página de Facebook.

Afectación a menores de edad

Mauren Esquivel, madre de menores de edad de once y 14 años de edad cuyo padre descuenta una sentencia larga en alta contención, dijo que “el vínculo que tienen con el papá es muy fuerte, de estar acostumbrados a verlo casi que todas las semanas”.

Sin embargo “ahorita no lo están viendo del todo”, pues desde abril, cuando las autoridades del actual gobierno establecieron los espacios de alta contención, se cerró la posibilidad de que los menores de edad pudieran visitar a sus progenitores.

En ese momento “ni siquiera tomaron en cuenta a los niños. Fue porque nosotros empezamos a insistir desde Familia Penitenciaria y las familias que después se creó una adición a la circular, indicando que por el riesgo y por resguardar la seguridad y el interés superior del niño se iba a crear videollamadas y que se iban a dar tres meses plazo para crear unos lineamientos desde Trabajo Social y Psicología para ver cómo iban a manejar el tema de los espacios de alta contención”.

Es decir, luego de eliminar la posibilidad de las visitas de las personas menores de edad a sus progenitores y tras el reclamo de las familias, Adaptación Social se dio tres meses para producir los lineamientos, que terminan por imponer restricciones que van más allá del tiempo que se pueda compartir.

Por ejemplo, se establece que en casos de solicitud de visita presencial, “se debe presentar epicrisis, constancia médica o documento elaborado por un profesional debidamente acreditado, que justifique la situación de excepción de la persona menor de edad. También se podrá adjuntar documentación emitida por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) o la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) que establezca la pertinencia de la visita presencial”.

Esquivel dijo que en su caso, ante esa posibilidad de sólo visitar 45 minutos, “duramos más nosotros viajando hasta el centro que lo que va a durar la visita, si es que se aprueba”.

La activista reclamó que la Sala Constitucional rechazara de plano un recurso que planteó en defensa de los derechos de sus hijos, pues le replicó que es materia legal propia de la jurisdicción de Ejecución de la Pena.

Subrayó que “el principal trauma y la principal afectación” que tienen los menores de edad en estos casos, es “no ver a sus papás, no poderlos abrazar, no poder compartir con ellos”.

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